lunes, 7 de octubre de 2013

Mecanismos de Protección de los DDHH

MECANISMOS DE PROTECCCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.

Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada.  Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.

Todos estamos obligados a respetar los Derechos Humanos de las demás personas.  Sin embargo, según el mandato constitucional, quienes tienen mayor responsabilidad en este sentido son las autoridades gubernamentales, es decir, los hombres y mujeres que ejercen la función de servidores públicos.

La tarea de proteger los Derechos Humanos representa para el Estado la exigencia de proveer y mantener las condiciones necesarias para que, dentro de una situación de justicias, paz y libertad, las personas puedan gozar realmente de todos sus derechos.  El bienestar común supone que el poder público debe hacer todo lo necesario para que, de manera paulatina, sean superadas la desigualdad, la pobreza y la discriminación.

La defensa o la protección de los Derechos Humanos tiene la función de:
Contribuir al desarrollo integral de la persona.
Delimitar, para todas las personas, una esfera de autonomía dentro de la cual puedan actuar libremente, protegidas contra los abusos de autoridades, servidores públicos y de particulares.
Establecer límites a las actuaciones de todos los servidores públicos, sin importar su nivel jerárquico o institución gubernamental, sea Federal, Estatal o Municipal, siempre con el fin de prevenir los abusos de poder, negligencia o simple desconocimiento de la función.
Crear canales y mecanismos de participación que faciliten a todas las personas tomar parte activa en el manejo de los asuntos públicos y en la adopción de las decisiones comunitarias.



MECANISMOS DE PROTECCIÓN.
El Estado creó en la Constitución de 1991 un conjunto de instituciones y formas jurídicas hacia la protección de los Derechos Humanos como:

·         LAS PERSONERAS MUNICIPALES:  Las personerías tienen la función de recibir e investigar inicialmente las denuncias sobre violaciones de derechos humanos.
·         LA DEFENSORIA DEL PUEBLO: Creada a partir de la constitución de 1991, su función constitucional es velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos.  La defensoría no cumple funciones investigativas, pero se ha encargado de recopilar denuncias que son pasadas posteriormente a la Procuraduría quien hace la investigación y define la sanción respectiva.  Así mismo las defensorías han acompañado a las víctimas de violaciones de DD.HH. y emprendido acciones humanitarias como veedores en la entrega de personas retenidas por los diferentes actores armados.
·         LAS PROCURADURIAS DE DERECHOS HUMANOS: Como la misión de la Procuraduría es la de vigilar la conducta de los empleados oficiales y el estricto cumplimiento de la ley y teniendo en cuenta que dentro de la constitución se contempla la protección por parte del estado de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos colombianos, la procuraduría desempeña un papel importante cuando de abusos de poder se trata.
·         LAS OFICINAS PERMANENTE DE DERECHOS HUMANOS: Son otro mecanismo de protección creados conjuntamente por la oficina del Defensor del Pueblo y el Ministerio Público.  La intención con estas oficinas es la de ubicarlas.  En cuanto a las formas constitucionales legales de protección de los DD.HH. existen varias como son:

1)    LA ACCION DE TUTELA: Protege los derechos fundamentales.
2)    EL HABEAS CORPUS: Protege el derecho a la libertad.
3)    EL HABEAS DATA: Protege el derecho al buen nombre y sacar a la
          Persona de bases de datos de deudores morosos.
4)    EL DERECHO DE PETICION: Sirve para solicitar información.
5)    ACCION DE CUMPLIMIENTO: Sirve para hacer cumplir el fallo de
          una ley.
6)    ACCION POPULAR: Defiende a un grupo de personas.
7)    ACCION DE GRUPO: Busca indemnización por daños causados.
         
Los Mecanismos de Protección Ciudadana son los instrumentos instituidos para proteger una eventual o real pérdida, vulneración o amenaza de derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política, que se ejercen mediante acción judicial, y cuando fuere posible restituir las cosas a su estado anterior.


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