DESDE HOY COMO PROGRAMA DE TRABAJO SOCIAL NOS ENLAZAMOS EN LA LUCHA CONTRA EL CÁNCER DE SENO
Espacio de Realimentación Pedagógica en la formación de los Derechos Humanos, su respeto, los mecanismos de exigibilidad y el Respeto por el Derecho Internacional Humanitario.
miércoles, 25 de septiembre de 2013
martes, 3 de septiembre de 2013
domingo, 1 de septiembre de 2013
CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS (2)
SEGUNDA GENERACIÓN La constituyen los derechos económicos,
sociales y culturales. Estos derechos demandan un ESTADO DE BIENESTAR que
implemente acciones, programas y estrategias, para lograr que las personas
gocen de manera efectiva de estos derechos, entre los que citamos:
ü
Toda
persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los
derechos económicos, sociales y culturales.
ü
Toda
persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
ü
Toda
persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses.
ü
Toda
persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su
familia la salud, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia
médica y los servicios sociales necesarios.
ü
Toda
persona tiene derecho a la salud física y mental.
ü
Durante
la maternidad y la infancia, toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia
especiales.
ü
Toda
persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades. La educación
primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.
CARACTERISTICAS
Amplía la esfera
de responsabilidad del Estado; Imponen un deber hacer positivo por parte del
Estado;
Satisfacción de
necesidades; prestación de servicios.
Su titular es el
individuo en comunidad, que se asocia para su defensa.
Su reclamo es
mediato, está condicionado a las posibilidades indirectas económicas del país.
Son legítimas
aspiraciones de la sociedad.
Ejemplos:
DERECHOS
|
CLASIFICACIÓN
|
EJEMPLOS
|
Derecho a un
salario justo
|
Derecho
Económico
|
Yo tengo
derecho a percibir un salario que sea suficiente para mantener un nivel de
vida adecuado
|
Libertad de
Asociación
|
Derecho Social
|
Yo tengo
derecho a formar organizaciones laborales.
|
Derecho a
tomar parte libremente en la vida cultural
|
Derecho
Cultural
|
Yo tengo
derecho de ir a los museos, ruinas arqueológicas, etc
|
TERCERA GENERACIÓN Se
denominan así a un conjunto de derechos de aparición reciente, producto de
acuerdos de la comunidad internacional, se demanda un medio ambiente sano y
libre de problemas. Por su parte, la tercera generación de derechos humanos, surgida
en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad. Los unifica su
incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su
realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario y universal.
Se originan de la segunda postguerra. Normalmente se incluyen en ella derechos
heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente
a la manipulación genética, aunque diferentes juristas asocian estos derechos a
otras generaciones: por ejemplo, mientras que para Vallespín Pérez la
protección contra la manipulación genética sería un derecho de cuarta
generación, para Roberto González Álvarez es una manifestación, ante nuevas
amenazas, de derechos de primera generación como el derecho a la vida, la
libertad y la integridad física. Este grupo fue promovido a partir de los
ochenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos
los pueblos.
CARACTERÍSTICAS
Pertenecen a
grupos imprecisos de personas que tienen un interés colectivo común.
Requieren para
su cumplimiento de prestaciones:
ü
Positivas
(hacer, dar)
ü
Negativas
(no hacer) Tanto de un Estado como de toda la Comunidad Internacional.
Su titular es el
Estado, pero también pueden ser reclamados:
·
Ante el
propio Estado (en el caso de grupos pertenecientes al mismo).
·
Ante
otro Estado (en el caso de la Comunidad Internacional, es decir, de nación a
nación).
Ejemplos: Los
grupos étnicos tienen derecho al desarrollo económico. Mi país tiene derecho a
elegir su forma de gobierno. Todos los países tienen derecho a beneficiarse del
patrimonio común de la humanidad. Un país no debe agredir a otro.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)